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Cincuenta Sombras del BOE · Nº 01Documentado

La solución del Gobierno al riesgo de otro apagón: pagar de más «por si acaso»

El Ejecutivo crea un nuevo mercado de capacidad para remunerar a centrales, baterías y determinados grandes consumidores por estar disponibles, aunque esa energía no llegue a utilizarse. Lo financiarán las comercializadoras y los consumidores directos en mercado. Cuánto costará, todavía no se sabe.

EL ARDILLERO17 de septiembre de 2026Cincuenta Sombras nº 01
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Fuente primariaOrden TED/966/2026, de 15 de septiembreBOE-A-2026-19329 · BOE n.º 230, de 17/09/2026, págs. 122656–122687Leer el documento en boe.es ↗
Primera página de la Orden TED/966/2026 en el BOE núm. 230, de 17 de septiembre de 2026, página 122656: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, disposición 19329, por la que se crea un mercado de capacidad en el sistema eléctrico peninsular español
Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2026-19329, pág. 122656 (17/09/2026).

1 · Qué ha pasado

El BOE publicó el 17 de septiembre la Orden TED/966/2026, que crea un nuevo mercado de capacidad para el sistema eléctrico peninsular. Entró en vigor al día siguiente.

El mecanismo se tramitaba desde 2021, y la orden se apoya en el análisis de cobertura que Red Eléctrica publicó en noviembre de 2023.

Centrales, baterías y determinados grandes consumidores podrán cobrar por comprometerse a estar disponibles cuando el sistema los necesite, aunque finalmente no tengan que activarse. Ese cobro tiene condiciones: el operador del sistema comprueba la disponibilidad y quien no cumple lo comprometido se expone a penalizaciones.

En esenciaUn seguro eléctrico.
QUIÉN PUEDE PARTICIPARInstalaciones de generación, de almacenamiento y de consumo con una potencia firme de al menos 1 megavatio. Las instalaciones más pequeñas pueden participar agrupadas, siempre que el conjunto alcance ese megavatio. Las nuevas inversiones que concurran a la subasta principal solo pueden ser renovables, almacenamiento o demanda.

2 · Quién lo paga

Las comercializadoras y los consumidores directos en mercado. El coste se reparte según la energía consumida, el segmento tarifario y el periodo horario.

Si ese coste llega a la factura de los hogares, y en qué medida, dependerá de cómo lo repercuta cada comercializadora.

3 · Cuánto costará

Todavía no se sabe. Las futuras subastas, sobre una curva de potencia fijada previamente, decidirán qué potencia se adjudica y a qué precio cobra cada participante.

La propia orden obliga además al Ministerio para la Transición Ecológica a presentar cada año ante la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos información sobre el coste efectivo del mecanismo soportado por los consumidores y su impacto en el precio final de la electricidad, con informe previo de la CNMC.

4 · Fuentes verificables

BOE-A-2026-19329Orden TED/966/2026, de 15 de septiembre. Participantes y requisitos (arts. 2 y 11), retribución por disponibilidad (arts. 5 y 20), subastas (arts. 8, 9, 15 y 16), financiación y reparto del coste (arts. 30 a 33) e información anual al Gobierno (disposición adicional tercera). Entrada en vigor: disposición final segunda.
MITECO · 2021Memoria del análisis de impacto normativo del proyecto de orden. Documento del proyecto de 2021, no de la orden final: explica por qué entonces no se cuantificó el coste del mecanismo. Ver documento ↗
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